Manual de Convivencia

    Centro  de Estimulación Temprana y Atención Especializada en Niños
  
Desarrollo Físico, emocional y espiritual

TITULO I: DISPOSICIONES FUNDAMENTALES

Es importante de que conozcamos que el cumplimiento de las normas, deberes y derechos en nuestra Institución; deben ser asumidos con responsabilidad por parte de adultos, familiares, niños, educadores y personal en general para así facilitar de esta manera el funcionamiento del colegio. Tomando en cuenta, de manera general, la Filosofía que como Institución impartimos a nivel físico, emocional y espiritual valorando al niño desde su eje biopsicosocial para así crear individuos generadores de un futuro positivo en nuestra sociedad.

Art. 1: Objeto y Finalidad:
LA UNIDAD EDUCATIVA SAN FRANCISCO DE SALES incluye el presente documento que constituye el Reglamento Interno de Convivencia Escolar que regirá el funcionamiento de la Institución Educativa ubicada en la Av. Aldonza Manrique , Qta. Yoli, vía Playa Moreno, Urbanización Playa el Ángel. Pampatar Estado Nueva Esparta. Teléfono (0295) 2624010 con el objeto de formar , educar y cumplir con la acción escolar, cuyo cumplimiento tiene carácter obligatorio, toda vez que de ello depende la mejor convivencia entre todos los integrantes de la comunidad con la finalidad de garantizar a todos los alumnos y alumnas una educación integral, de calidad y permanente que contribuya al conocimiento y estudio de la constitución, al amor a la patria, a las virtudes trascendentales del Estado venezolano, como estado democrático social de derecho y justicia, de acuerdo al principio de colaboración de poderes, en especial lo dispuesto en el Título V , artículos 54,55,56 y 57 de la Ley Orgánica del Poder Ciudadano.

Art. 2. Pilares. Misión y Visión.
LA UNIDAD EDUCATIVA SAN FRANCISCO DE SALES tiene como Pilar Fundamental conservar y mantener el cuerpo, la mente y el espíritu en forma global y equilibrada, generando de esta manera individuos capaces de comprender su potencial y capacidad de demostrar sus habilidades y destrezas.

Somos una Institución que cuenta con profesionales en el área de Educación Preescolar MISION desarrollar en el individuo la capacidad de reconocer sus facultades y potencialidad interna, académica, socio-emocional, física, y de lenguaje.

Nuestra VISION es ofrecer a la sociedad un excelente servicio a nivel humano y profesional, a través del superaprendizaje, programación neurolinguistica, desarrollo de la inteligencia emocional, para así, generar cambios en el entorno educativo y familiar.

Art. 3: Valores:
LA UNIDAD EDUCATIVA “SAN FRANCISCO DE SALES” debe fomentar la adquisición de los valores universales en los niños y niñas, así como integrar a la comunidad en la promoción, práctica y enseñanza de los mismos. Así será posible la convivencia escolar, enmarcada en el respeto, tolerancia, convivencia, amor, participación, honradez, etc. De todos los integrantes de la comunidad. Es importante destacar los siguientes:

a) Valores morales: respeto al Dios creador, al prójimo, a sí mismo, a la familia y a la patria.
b) El estudiante es el centro de la comunidad educativa y buscará su integración con los demás estamentos de la dentro de un espíritu de solidaridad y fraternidad.
c) El estudiante es el autor responsable de su formación, por consiguiente debe obrar con convicción, conservando sus valores de autenticidad, veracidad, espontaneidad, constancia, aunque permitiendo ser orientado por sus profesores.
d) Considerar a sus directivos y profesores como guías y orientadores preocupados por su formación moral, intelectual y social, por consiguiente guardarles el respeto que merece un verdadero amigo.
e) La cortesía, las buenas maneras y la tolerancia son la base de las Relaciones Humanas entre los miembros de la Comunidad Educativa y el medio social que nos rodea.
f) El estudiante debe sentirse elemento integrante de una comunidad, en la cual su libertad termina donde empiezan los derechos de los demás.
g) Como individuo aislado no representa nada, sino integrado a una comunidad en la cual siendo elemento acepta una disciplina como condición de orden y respeto para todos los integrantes de esa organización social.
h) Orientar la educación hacia un tipo de "Hombre trascendente" capaz de reconocer su fragilidad y a la vez vigorizar su espíritu.
i) Considerar como propia la institución y en tal virtud preocuparse por el aseo, presentación, conservación de la planta física y sus elementos, manteniendo el buen nombre de la Unidad Educativa.
j) Reconocer su propia humanidad inmersa en el universo, comprendiendo la diversidad cultural en la que se emerge.

Art. 4: Perfil de los alumnos y alumnas que se forman:
LA UNIDAD EDUCATIVA “SAN FRANCISCO DE SALES “debe lograr la formación de un individuo en función de los aprendizajes fundamentales de: aprender a crear, aprender a convivir y participar, aprender a valorar y aprender a reflexionar.
          a) Aprender a crear.
          b) Aprender a convivir y participar.
          c) Aprender a valorar.
          d) Aprender a reflexionar


Art. 5: Principios Morales y Pedagógicos:
5.1. Al aplicar las normas de convivencia se prohíbe cualquier discriminación de raza, color, género, edad, idiomas, pensamiento, religión, cultura, posición económica, o cualquier otra condición del niño y las niñas, partiendo del principio de igualdad.

5.2. En el principio de interés superior, las normas de convivencia están dirigidos a asegurar el desarrollo integral de los niños y niñas, así como del disfrute pleno y efectivo a lo establecido en la Ley Orgánica de Protección del Niño, Adolescente (LOPNA) en su Artículo 8.

5.3.-Todas las disposiciones del presente Reglamento se aplicarán por igual a todos los niños inscritos en la Institución sin discriminación alguna, sin tomarse en cuenta las limitaciones que hubiese de acuerdo a las condiciones de los mismos niños o de sus padres y/o representantes.

5.4.- LA UNIDAD ”SAN FRANCISCO DE SALES” se propone dedicar todos sus esfuerzos a asegurar el desarrollo integral de nuestros alumnos así como el pleno disfrute de sus derechos y garantías para lo cual siempre se determinará de acuerdo al interés superior del niño según lo previsto en la LOPNA.

5.5.- Las niñas y niños de la Unidad Educativa ”SAN FRANCISCO DE SALES ” gozaran de todos los derechos y garantías que la legislación vigente les otorga así como los propios de su condición humana, tomando como patrón la visión que religiosamente traigan cada uno de estos niños desde sus hogares.

5.6.- En atención a lo dispuesto en el ordenamiento legal, el presente reglamento se presentara en la Asamblea de Padres y Representantes para su aprobación e igualmente se les entregará al momento de la inscripción de su representado. Al inicio del año escolar el cual será objeto de estudio análisis y discusión por parte de los alumnos, padres y representantes bajo la coordinación de la dirección y el departamento de orientación.


TITULO 2: PERFIL DEL ALUMNO Y ALUMNA EN FORMACIÓN

 Art 6
.-
LA UNIDAD ”SAN FRANCISCO DE SALES ”” se propone contribuir en la formación integral del niño y la niña, enmarcada dentro de una labor conjunta y coordinada por parte de los actores integrantes de la comunidad educativa, en función a sus características de desarrollo y al contexto socio-cultural en el cual se desenvuelven. En ese sentido la institución debe lograr la formación de un individuo:


a) Analítico, critico, culto, reflexivo y comprometido con los cambios de la sociedad.
b) Feliz, generoso, honrado, con amor por la vida, la paz y la libertad.
c) Creativo, espontáneo, libre, sensible, curioso e imaginativo.
d) Abierto al cambio, emocionalmente seguro, con motivación interna.
e) Con espíritu de investigación, exploración y cuestionamiento.
f) Que valore el lenguaje como medio de comunicación y satisfacción de necesidades.
g) Que valore la lectura y la escritura como medio para desarrollar sus potenciales creativas sobre la base de la expresión del derecho libre y espontánea de las ideas.
h) Que valore y disfrute las manifestaciones deportivas y las producciones científicas, literarias y científicas, nacionales y universales.
i) Que disfrute la actividad física y valore la salud corporal, mental y social como factores de preservación de la vida.
j) Aprecie el uso del español en Venezuela como reafirmación de identidad.
k) Que reconozca la familia como base esencial de la sociedad.
l) Con conciencia ecológica, aprecio y valoración del patrimonio natural y cultural de la nación venezolana y del planeta.
m) Que sienta interés y simpatía con otras culturas que valores el esfuerzo, el trabajo y el estudio como fuente de avance personal y social.
n) Respetuoso de los deberes y derechos propios y ajenos.
o) Responsable, sincero, justo, solidario, participativo, tolerante.
p) Promueva el mejoramiento personal y social a través de su participación activa y consciente en acciones comunitarias.
q) Que participe de manera permanente y entusiasta en actividades culturales, científicas y deportivas.
r) Que trabaje en grupos y mantenga relaciones interpersonales abiertas y positivas
s) Que comprenda los procesos que permitan el equilibrio natural y el funcionamiento social
t) Que se reconozca como un individuo productivo y como un elemento integrador y transformador del ambiente natural y social. En definitiva la institución debe contribuir a generar un proceso donde todos sus integrantes alcancen este perfil.


DERECHOS Y GARANTIAS, DEBERES Y RESPONSABILIDADES DE TODOS LOS INTEGRANTES DE LA INSTITUCIÓN

CAPITULO I: DERECHOS Y GARANTIAS DE LOS ALUMNOS.

Art 7
.- Se reconoce a todos los alumnos y alumnas de la Unidad Educativa “SAN FRANCISCO DE SALES” los derechos y garantías que se enuncian a continuación:

7.1. Derecho a recibir una formación que asegure el pleno desarrollo de su personalidad y que responda a los fines generales que persigue el Estado.
7.2. Derecho a recibir las ayudas precisas para compensar posibles carencias de tipo familiar, económico y socio cultural.
7.3. Derecho a ser orientado en si problemas personales y académicos, así como en su conducta personal.
7.4. Derecho a recibir atención educativa durante los Días Hábiles que comprenden el calendario escolar.
7.5. Derecho a recibir educación integral y obligatoria de la más alta calidad, así como utilizar para tal finalidad todos los servicios existentes en el Centro Educativo.
7.6. Derecho a conocer la filosofía e ideario del nivel de Educación Inicial y Educación Básica de manera libre, activa y plenamente en su proceso educativo y en todos los ámbitos de la vida escolar, entre ellas las actividades educativas, recreacionales, deportivas, sociales y culturales.
7.7. Derecho a se respetado por todas las personas que integran el centro educativo. Nunca deberá ser tratado o sancionado en público o privado de forma humillante, ofensiva o contraria a su dignidad como persona humana.
7.8. Derecho a ser evaluado apropiadamente en atención a sus necesidades e intereses, en forma integra, de conformidad con lo establecido en el ordenamiento jurídico.
7.9. Derecho a expresar libremente su opinión en todos los asuntos en que tenga interés y a que sus opiniones sean tomadas en cuenta, en función de su desarrollo. Este derecho se extenderá a todos los ámbitos, entre ellos el familiar, el escolar, el comunitario y el social.
7.10. Derecho a defender sus derechos por sí mismo.
7.11. Derecho a realizar peticiones al personal obrero, administrativo, docente, directivos, padres, madres, representantes, responsables y cualquier otro órgano del centro educativo o la comunidad en general, y a obtener respuesta oportuna a las mismas.
7.12. Derecho a solicitar y mantener su inscripción en el Centro Educativo más cercano a su domicilio.
7.13. Los demás que estén consagrados en otras leyes.

Art. 8: RESPONSABILIDADES Y DEBERES DEL NIÑO.
Todos los alumnos y alumnas del Centro Educativo tienen las responsabilidades y los deberes que se establecen a continuación:

8.1. Participar activamente en todas las actividades que sean en beneficio de su desarrollo coordine el Centro Educativo.
8.2. Permanecer en el Centro Educativo durante toda la jornada, salvo casos en que esté permitido ausentarse, con autorización escrita previa, por razones justificadas de sus padres, madres, representantes o responsables.
8.3. Usar el traje escolar según el nivel educativo, atendiendo a la resolución establecida en el Decreto 1.139 de la Gaceta oficial 16 – 07 – 81 emanada del Despacho de Educación, ( salvo en los casos debidamente justificados ).
8.4. Honrar a la Patria y a sus símbolos.
8.5.Ejercer y defender apropiadamente sus derechos y garantías.
8.6. Participar en las actividades de conservación y cuidado de la planta física, mobiliarios, material didáctico, áreas comunes, animales y plantas del Centro Educativo.
8.7. Cooperar, divulgar y velar conjuntamente con todos los miembros del Centro Educativo, para el fiel cumplimiento del presente Reglamento Interno, reglamentos especiales y las normas generales de convivencia.
8.8. Asistir diaria y puntualmente a todas las actividades escolares y del Centro Educativo.
8.9. Colaborar en la conservación, limpieza y mantenimiento de la institución educativa, especialmente su aula de clase.


CAPITULO II: DEL PERSONAL DOCENTE.

 Art. 9: Derechos y Garantías.
Se reconocen los derechos y garantías a todo el personal docente que integran el Centro Educativo.
Además de los derechos y deberes que consagra el Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente (Decreto Nº 1.011 Gaceta Oficial Nº 5.496 Extraordinario del 31-10-2000 Artículo 6 al 8) y la Ley del Estatuto de la Función Pública (Gaceta Oficial Nº 37.482 del 11-07-2002. Artículo 22 al 33) se reconoce a los profesionales de la docencia otros derechos y garantías que se enuncian a continuación:

a) Derecho al libre ejercicio de la docencia , en armonía con lo establecido en el Ordenamiento Jurídico Venezolano y el presente Manual de Convivencia

b) Derecho a disponer y utilizar los medios, materiales e instalaciones de la Institución Educativa, para ejercer la docencia, de conformidad con lo establecido en el presente Manual de Normas de Convivencia y Reglamentos Especiales

c) Derecho a que el personal Directivo brinde facilidades, de acuerdo a las posibilidades de la Institución Educativa dirigidas al perfeccionamiento de su profesión y/o la mejora de la calidad de su labor docente.

d) Derecho a se informado y a participar libre, activa y plenamente en los procesos educativos de los alumnos y las alumnas, así como en todos los ámbitos de la vida escolar, entre ellos, las actividades educativas, recreacionales. deportivas, sociales y culturales.

e) Derecho a ser respetado por todas las personas que integran en la Unidad Educativa “SAN FRANCISCO DE SALES”. Nunca deberá ser tratado o sancionado, en público o privado, de forma humillante, ofensiva o contraria a su dignidad como persona humana.

f) Derecho a disfrutar de un ambiente de trabajo que reúna las condiciones mínimas necesarias para el desarrollo de sus labores docentes.

g) Derecho a presentar o dirigir peticiones al personal obrero, administrativo y directivo , así como a cualquier órgano de la Unidad Educativa “SAN FRANCISCO DE SALES”, sobre los asuntos que le conciernan y a obtener respuestas oportuna a sus peticiones.

h) Derecho a expresar libremente su opinión en todos los asuntos de la vida en la Unidad Educativa “SAN FRANCISCO DE SALES”. en que tenga interés.

i) Derecho a defender los derechos, garantías e intereses de los alumnos y las alumnas de la Unidad Educativa “SAN FRANCISCO DE SALES”.”

j) Derecho al debido proceso y a la defensa, especialmente en todos los procedimientos de carácter sancionatorio.

k) Los demás derechos y garantías reconocidos en el ordenamiento jurídico, el presente Reglamento interno y los Reglamentos especiales.

l) Derecho a solicitar y recibir del personal directivo y de los coordinadores orientación oportuna y adecuada para mejorar la calidad de sus labores docentes.

CAPITULO III: RESPONSABILIDADES Y DEBERES DEL PERSONAL DOCENTE.

Art 9
.- Todos los profesionales de la docencia (Educación Inicial, Básica, Media, Diversificada y Profesional), que integran la Unidad Educativa “SAN FRANCISCO DE SALES”. tienen las responsabilidades y los deberes que se establecen a continuación:

1. El Personal Docente debe conocer el contenido y alcance de la Constitución Nacional, Ley Orgánica de Educación y su Reglamento, Ley Orgánica de Protección al Niño y Adolescente, Decretos, Resoluciones, Ordenes o Providencias Administrativas, Instrucciones o Circulares así mismo cumplirlas y orientar convenientemente a otros para su cumplimiento cuando así le sea solicitado.

2. Asistir diaria y puntualmente al plantel y llegar por los menos 10 minutos antes de iniciar las labores ordinarias de cada turno, salvo en los casos en que ello sea imposible por razones justificadas y debidamente comprobadas. Cumplir cabalmente y oportunamente con todas las obligaciones laborales.

3. Respetar los derechos y garantías de las demás personas.

4. Respetar a todas las personas que integran la Unidad Educativa “SAN FRANCISCO DE SALES”.”. Nunca deberá tratar a otras personas, en público o privado, de forma humillante, ofensiva o contraria a su dignidad como persona humana.

5. Mantener con todos los integrantes de la institución, relaciones personales que se caractericen por; la honestidad, la solidaridad, la tolerancia, la cooperación y la amabilidad.

6. Respetar las normas de la moral y las buenas costumbres, siempre empleando el lenguaje apropiado. Abstenerse de fumar o de ingerir bebidas alcohólicas, sustancias estupefacientes o psicotrópicas (Dogas antes y durante su permanencia en la Institución)

7. Promover los derechos y garantías de los niños y niñas. Así como exigirles el cumplimiento de sus deberes y responsabilidades. Denunciar ante las autoridades competentes de: Protección Integral del Niño y el Adolescentes, las violaciones o amenazas de violación a los derechos y garantías de niños. Niñas y adolescentes de que tengan conocimientos a través de sus labores docentes

8. Firmar el libro de registro de asistencia y puntualidad y escribir la hora exacta de llagada y salida.

9. Leer diariamente el cuaderno de novedades y acotar cualquier hecho o situación relevante.

10. Evaluar diariamente el trabajo de los alumnos.

11. Registrar en el libro respectivo la asistencia diaria de los alumnos y determinar la causa de su inasistencia.

12. No abandonar el aula o los sitios de trabajo en horas de labor.

13. Colaborar con las disciplina general del plantel y en general responder por los alumnos de su sala.

14. No interrumpir la labor que se realiza en las demás salas.

15. Planificar diariamente el trabajo escolar y las actividades de recreación dirigidas.

16. Atender a los alumnos en la hora de llegada y salida.

17. Controlar diariamente el aseo de las aulas, el mobiliario y la higiene personal de los alumnos.

18. Responder por la organización del archivo docente.

19. Lograr la correcta ambientación del aula con material de aprendizaje

20. Cuidar la conservación de los útiles de trabajo de los alumnos

21. Solicitar por escrito y con debida participación, ante la dirección las licencias o permisos y acompañar la solicitud con un soporte médico avalado por el IPASME, IVSS o cualquier otra identidad del Organismo Público
22. Inculcar a los educandos el amor a los valores históricos y culturales de la Nación y el respeto a los Símbolos Patrios

23. Inculcar en los educandos el conocimiento de los valores, virtudes y derechos ciudadanos consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

24. Desempeñar con solicitud y eficiencia las funciones de cargo.

25. Cumplir la órdenes inherentes a sus cargos que le imparten sus superiores jerárquicos

26. Proveerse del programa de estudio Oficial (Nuevo Diseño Curricular) conocerlo, interpretarlo impartir la enseñanza con sujeción a él y de acuerdo con las normas establecidas al efecto de las autoridades educativas competentes.

27. Preparar cuidadosamente sus planes de trabajo y llevar un registro del desarrollo de estos, con la indicación de la parte vista del programa, las actividades propuestas, las dificultades confrontadas, las consultas hechas a las actividades correspondientes y en fín todo cuanto pueda evidenciar el desarrollo de procesos de enseñanza-aprendizaje que cumple.

28. Conocer y cumplir los derechos del niño, reconocidos Nacional e Internacionalmente y velar por el cumplimiento de los mismos.

29. Estar informado de las publicaciones que en materia de Educación hagan las autoridades del ramo.

30. Mantenerse informado respecto a los problemas que afectan la vida local y nacional, igualmente mantenerse atento a los cambios de progresos que ocurran en los planes continental y mundial.

31. Observar conducta democrática en el ejercicio de su función. En este sentido fomentar la convivencia social por medio del trabajo en grupo, mantener buenas relaciones con los compañeros de trabajo, mantener cierto grado de dominio emocional ante las diversas situaciones problemáticas que a diario se le presentan.

32. Mantener una actitud de constante observación sobre la actuación de cada alumno en particular del grupo en general y acentar en los registros que a tales efectos establezca el plantel los aspectos sobresalientes tanto positivos como negativos que sirvan de base para la mejor orientación del proceso de enseñanza-aprendizaje del educando.

33. Entregar a la Dirección sin necesidad de previo recordatorio:
• La planificación semanal y mensual.
• Registros mensuales.
• Observaciones de evaluación.
• Proyectos educativos.
• El promedio de asistencia.
• Los ingresos y egresos.

34.Participar activamente en la organización y funcionamiento de la Sociedad de Padres y Representantes, Actividades de Conservación, Proyectos Sociales Comunitarios, y otras actividades que se establezcan en el plantel.

35. Atender oportunamente con respeto, cordialidad y equidad a los alumnos y alumnas de la Institución Educativa así como sus padres, madres, representantes y responsables, cuando acudan ante ellos para tratar asuntos que le conciernen durante los horarios establecidos a tal efecto.

36. Brindar asesoría integral a los padres, madres, representantes y responsables sobre sus relaciones personales, con los niños, niñas y adolescentes bajo su patria potestad, representación o responsabilidad, que sean alumnos o alumnas de la Unidad Educativa “SAN FRANCISCO DE SALES”.”.

37. Brindar orientación y educación integral de la más alta calidad los alumnos y las alumnas de la Institución Educativa. Adoptar una didáctica activa que desarrolle en ellos y ellas la capacidad de investigación, análisis critico, hábitos de creatividad y crecimiento cultural.

38. Evaluar apropiadamente a los alumnos y alumnas de la Institución Educativa, así como reconsiderar con equidad sus actividades de evaluación de conformidad con lo establecido en el ordenamiento jurídico, el presente reglamento interno y, si fuese el caso, de los reglamentos especiales.

39. Informar periódicamente a los alumnos y alumnas de la Institución Educativa, así como a sus padres, madres, representantes y responsables, sobre su propio proceso educativo, promover la participación libre, activa y plena de los alumnos y alumnas de la institución, así como a sus padres, madres, representantes y responsables, sobre su propio proceso educativo, así como en todos os ámbitos de la vida escolar, entre ellos, las actividades educativas, recreativas, deportivas, sociales y culturales.

40. Respetar y cumplir el ordenamiento jurídico, el presente Reglamento interno y los Reglamentos Especiales. Respetar, obedecer y cumplir las decisiones y órdenes que dicten las autoridades del plante. Siempre que las mismas no violen sus derechos y garantían o contravengan el ordenamiento jurídico.

41. Las demás responsabilidades y deberes establecidos en el ordenamiento jurídico, el presente Reglamento interno y los Reglamentos Especiales.


CAPITULO III: RESPONSABILIDADES Y DEBERES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y OBREROS.

Art. 10. Derechos y Garantías.
Se reconoce a las personas que integran el personal administrativo y obrero del Centro Educativo, los derechos y garantías que se enuncian a continuación:

*
Derecho a ser respetados por todas las personas que integran el Centro Educativo; nunca deberá ser tratado o sancionado en público o privado en forma humillante, ofensiva o contraria a su dignidad como persona humana.

* Derecho a disfrutar de un ambiente de trabajo que reúna las condiciones mínimas necesarias para el desarrollo de sus labores.

* Derecho al debido proceso y a la defensa, especialmente en todos los procedimientos de carácter sancionatorio.

* Derecho a ser atendidos oportunamente con respeto, cordialidad y equidad por el personal docente y directivo, cuando acudan ente ellos para tratar asuntos que le conciernen, durante los horarios establecidos a tal efecto.

* Derecho a solicitar o dirigir peticiones al personal directivo o docente de guardia, sobre asuntos que le conciernen y a obtener respuestas oportunas.

* Derecho a defender los derechos, garantías e intereses de los niños.

* Derecho a conocer la filosofía e ideario del nivel educativo.

* Derecho a que el personal Directivo brinde facilidades de acuerdo a las posibilidades del Centro Educativo, para asistir a talleres, cursos, convivencias, reuniones y cualquiera tipo de actividades dirigidas al perfeccionamiento de su profesión y/o mejora de la calidad de su labor.

* Derecho a participar libre, activa y plenamente en la vida del Centro Educativo.

* Los demás derechos y garantías reconocidas en el ordenamiento jurídico, el presente Reglamento Interno y los Reglamentos Especiales.

Art. 11. Responsabilidades y Deberes:
Todas las personas que integran el Personal Administrativo y Obrero tienen las responsabilidades y los deberes que se enuncian a continuación:

1.- Asistir y cumplir puntual y regularmente a todas sus actividades y obligaciones laborales.

2.- Respetar y mantener con todos los integrantes del Centro Educativo y otras personas, incluyendo niños y niñas relaciones personales que se caractericen por la honestidad, solidaridad, la interacción, la cooperación y la amabilidad.

3.- Respetar las normas de la moral y las buenas costumbres, siempre empleando un lenguaje apropiado. Mantener una presentación personal adecuada y abstenerse de fumar o ingerir bebidas alcohólicas, estupefacientes (drogas) en el centro educativo.

4.- Usar rápidamente el local, mobiliario o cualquier otro material del Centro Educativo. Colaborar en la conservación, limpia y mantenimiento del local, mobiliario y cualquier otro material del Centro educativo, Conservar y mantener el equipo empelado para realizar sus actividades laborales.

5.- Ejercer y defender apropiadamente sus derechos y garantías.

6.- Respetar y cumplir el ordenamiento jurídico del presente Reglamento Interno y Reglamentos especiales. Respetar, obedecer y cumplir decisiones y órdenes que dicten las autoridades del Centro Educativo, siempre que las mismas no violen sus derechos y garantías o contravengan el ordenamiento jurídico.

7.- El personal administrativo deberá mantener reserva estricta y no divulgar informaciones contenidas en los documentos que maneja y a los cuales tenga acceso.

8.- Prestar sus servicios con eficiencia requerida para el cumplimiento de las tareas que tengan encomendadas.

9.- Acatar las órdenes e instrucciones emanadas de los superiores jerárquicos que dirijan o supervisen su actividad.

10.- Guardar en todo momento una conducta decorosa y observar en sus relaciones con los demás miembros de la Institución toda la consideración y cortesía debida.

11.- Respetar todas las personas que integran la educación. Nunca deberá tratar en forma humillante y ofensiva a otras personas.

12.- Deber de denunciar los casos de amenazas o violación de los derechos de los alumnos y alumnas.

13.- Las demás responsabilidades y deberes establecidos en el ordenamiento jurídico, en el presente Reglamento Interno y en Reglamentos Especiales.

Además de las responsabilidades y deberes enunciados, se deben cumplir los que a continuación se mencionan:

a) Velar por el despacho oportuno de los recaudos administrativos del plantel.
b) Cuidar que la correspondencia emitida por el plantel, además de buena presentación no contenga errores ortográficos.
c) Estar pendientes de que los libros y registros de asistencia y puntualidad del personal sean debidamente firmadas por el mismo.
d) Atender las solicitudes de las personas que visiten la Institución.
e) Llevar correctamente los elementos que conforman el archivo del Centro Educativo.
f) Transcribir las actas de los consejeros docentes, una vez entregada por la secretaria.
g) Llevar el cuaderno de visitas a la institución.
h) Ser diligente en la entrega de los documentos solicitados por los representantes.

De las Asistentes del docente.

a) Mantener buenas relaciones con el docente que trabaja.
b) No interrumpir las labores en las demás aulas.
c) Integrarse con el docente en el desarrollo de la jornada diaria.
d) Asumir la responsabilidad de atender a los niños y niñas cuando el docente se encuentra ausente.
e) Conocer e involucrarse en la planificación que ejecuta la docente del aula.
 De los obreros y mantenimiento.
a) Cumplir las tareas asignadas por la Dirección.
b) Mantener en completo aseo y limpieza todas las dependencias del instituto.
c) Realizar recorridos dentro y fuera del plantel.
d) Vigilar la entrada y salida de los guiños y niñas.
e) Velar porque los bienes del plantel no se extravíen y no salgan del centro sin la autorización del Personal Directivo.
f) Utilizar una vestimenta adecuada para asistir a sus labores.

Sanciones para los diferentes incumplimientos por parte del Personal Obrero

Independientemente de las sanciones previstas en otras leyes, aplicables a los trabajadores en razón del desempeño de sus cargos o por el ejercicio de sus funciones, éstos quedan sujetos a las siguientes sanciones disciplinarias:

1) Amonestación oral (hasta tres amonestaciones verbales en el mes).
2) Amonestación escrita.
3) Denuncia ante las Autoridades del Sistema de Protección.

Sanciones para los diferentes incumplimientos por parte del Personal Administrativo.

De las Responsabilidades y del Régimen Disciplinario

Independientemente de las sanciones previstas en otras leyes, aplicables a los funcionarios públicos en razón del desempeño de sus cargos o por el ejercicio de sus funciones quedan sujetos a las siguientes sanciones disciplinarias.

1) Amonestación oral (hasta tres amonestaciones orales en el mes)
2) Amonestación escrita
3) Denuncia ante las autoridades del Sistema de protección

Son causales de amonestación verbal las siguientes:

1.- Negligencia en el cumplimiento de los deberes inherentes al cargo
2.- Falta de atención debida al público
3.- Incumplimiento del horario de trabajo
4.- Conducta descuidada en el manejo de los expedientes y documentos, así como del material y útiles de oficina.
5.- Cualesquiera otras faltas que no ameriten, conforme a esta Ley, una sanción mayor.

Son causales de amonestación escrita:

1.- Negligencia en el cumplimiento de los deberes inherentes a su cargo
2.- Perjuicio material causado por negligencia manifiesta a los bienes de la república
3.- Falta de atención debida al público
4.- Irrespeto a los superiores, subalternos o compañeros
5.- Inasistencia injustificada al trabajo durante dos días hábiles dentro de un lapso de 30 días contiguos, Por cada inasistencia injustificada se levantará una acta, y la acumulación de tres de ellas, conducirá a que en caso sea pasado ante las autoridades del Sistema de Protección.
6.- Recomendar a personas determinadas para obtener beneficios o ventajas en la función pública
7.- Haber sido objeto de tres amonestaciones verbales en un año.

CAPITULO IV: DEBERES DE LOS PADRES Y REPRESENTANTES

Art 12.-
El ordenamiento legal de nuestro país respecto a los niños y adolescentes determinan que los padres deben garantizar el derecho a la educación de su hijo (Articulo 54 de la LOPNA), en tal sentido deben inscribirlos oportunamente en un Plantel Educativo de conformidad con la ley y atendiendo el interés superior del niño.

Art. 13.-
Los alumnos deben asistir regularmente a clases y el Representante en responsable de ello. Sus ausencias afectan significativamente su rendimiento y afectan el trabajo en grupo en el salón de clases. Si la ausencia determina la perdida de una evaluación, la misma se le aplicará en la fecha que determine el docente si el representante presenta la correspondiente constancia médica o justificación por parte del representado.

Art. 14.- P
ara evitar el contagio de otros alumnos o el docente mismo, no envíe a su representado a clases cuando presente cuadros de síntomas de enfermedades infectocontagiosas. Si el alumno tiene fiebre o quebranto no lo envíe a clases, la fiebre pueble puede ser viral y elevarse y llegar a niveles peligrosos en cuestión de minutos. En los casos mencionados al alumno no le será permitida la entrada a clases y será devuelto a casa o su representante contactado para su retiro. En cualquier caso la Institución no se responsabiliza por las consecuencias que puedan traer la violación de esta cláusula por parte del representante.

Art. 15.-
En la eventualidad que el alumno desarrolle algún tipo de síntoma patológico mientras este en clase mientras este en clases, se llamará al representante y este debe retirarlo a la mayor brevedad posible. Sólo se administrará al alumno el analgésico o antipirético autorizado por el representante; otro medicamento sólo se administrará si es parte de un tratamiento médico y autorizado por el representante, quien suministrará las instrucciones respectivas también por escrito.

Art. 16.-
El representante es responsable de enviar al niño una lonchera nutritiva y no debe incluir chucherías o gaseosas por cuanto no tienen valor nutricional alguno. No deben traer recipientes de vidrio ni instrumentos cortantes para evitar accidentes. No se permite el consumo de caramelos ni colorantes en el colegio ya que está comprobado que pueden ser causa de cuadros alérgicos a niños sensibles.

Art.17-
El representante debe cancelar los 5 primeros días de cada mes las mensualidades incluyendo el mes de septiembre al mes de agosto del correspondiente periodo escolar. El mencionado mes de agosto será cancelado con la mensualidad del mes de diciembre en un único pago dentro del periodo escolar que curse el alumno.

Art. 18-
En caso de transcurrir un retardo en las mensualidades del plantel por más de dos meses (2) será una falta por parte del representante, así pues , será motivo para hacer un llamado en el dpto. de administración .

Art. 19-
En caso de transcurrir un retardo en la mensualidad del colegio, por parte de las compañías o empresas que se responsabilizan a través del beneficio de empleado, el representante del alumno se compromete a cancelar la mensualidad del colegio.

Art.20-
Garantizar el derecho a la educación de los niños y niñas bajo su Patria Potestad, representación y responsabilidad.

Art.21-
Inscribir oportunamente en el Centro educativo a los niños y niñas bajo su Patria Potestad, representación o responsabilidad.

Art.22-
Exigir y asegurar la asistencia regular y puntual a las actividades escolares de los niños y niñas bajo su Patria Potestad, representación o responsabilidad.

Art.23-
Proveer a los niños y niñas bajo su Patria Potestad, representación o responsabilidad, en la medida de sus posibilidades y medios a su alcance, de los materiales y útiles necesarios para las actividades escolares.

Art.24-
Participar activa y plenamente en el proceso educativo de los niños y niñas bajo su Patria Potestad, representación o responsabilidad, así como en todos los ámbitos de la vida escolar, entre ellos las actividades educativas y recreacionales.

Art.25-
Atender las citaciones y convocatorias que les realicen los Docentes y el Personal Directivo del Centro educativo; así como presentar los documentos y recaudos que les fuesen solicitados por éstos.

Art.26- HORARIO ESCOLAR

Respetar el horario de entrada y salida. A continuación se especifica el horario que corresponde a cada sub-sistema educativo en el plantel:

Educación Inicial:
- Horario de entrada escolar 7:30 am a 8:30 am
- Horario de salida escolar para Educación Inicial 12:00 m, 4:00 pm, 5:00. esto dependerá del horario que el representante elija en el momento de la inscripción.

Educación Básica:

- Horario de entrada escolar educación básica 7:00 am a 7:30 am.
- Horario de salida escolar para educación básica 1:00 pm.
- Horario de salida de tareas dirigidas 4:30 pm.
- Comenzada la jornada diaria los alumnos, alumnas que integra el Centro Educativo que llegare retardado, deberá presentarse ante el Director o en su defecto al Docente de guardia, a los fines de justificar su retardo.


Art.27- El representante debe cumplir con el pago de las mensualidades de septiembre a agosto para así efectuar la inscripción del periodo escolar que prosigue, en caso contrario se considerará que no desea inscribir a su representado para el nuevo año escolar y se dispondrá de su cupo. Sólo podrán ser inscritos en el siguiente año escolar, los alumnos que estén solventes administrativamente en la Institución.

Art.28 – El representante debe cumplir con el horario de entrada y salida, en caso contrario, de transcurrir un retardo no notificado en la hora de salida se le efectuara una multa de bs. 20,00 por cada 15 minutos de retraso.

Art. 29.- Requisitos para la inscripción
Los niños y niñas al ser inscritos en el Centro Educativo deben cumplir con los requisitos que se indican a continuación:

- FOTOCOPIA DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO.
- FOTOCOPIA DE LA CEDULA DE IDENTIDAD DE LOS PADRES.
- FOTOCOPIA DEL CERTIFICADO DE VACUNAS VIGENTE.
- SOLVENCIA PAGO DE COLEGIO ANTERIOR.
- 2 REFERENCIAS PERSONALES, COMERIALES O BANCARIAS DE LOS REPRESENTANTES.
- 1 FOTO TIPÓ CARNET DEL ALUMNO Y REPRESENTANTES.

En caso de que él o la aspirante no posea partida de nacimiento deberá ser inscrito inmediatamente, siempre que reúna todas las condiciones determinadas por el Ministerio del Poder Popular para la Educación.
En este caso el Director de la institución deberá levantar un acta que contenga las circunstancias del caso y el compromiso del padre, madre, representante o responsable de entregar posteriormente los documentos.

Art. 30.- Proceso de inscripción
El personal Directivo y la asociación Civil organizarán el Proceso de Inscripción de la siguiente manera:

1.- Revisión de matrícula final de cada edad.
2.- Asignación de matrícula a cada docente tomando en cuenta los niños que prosiguen en la institución.
3.- Las preinscripciones se harán a partir del mes de junio, de acuerdo a la información que aparezca en las circulares de mes.
4.- El aumento de la inscripción y nuevas mensualidades se hará previa convocatoria a los padres en Asamblea Extraordinaria justificado a través de un informe socioeconómico
5.- Si usted nos efectúa una transferencia vía Internet, nos puede mandar su comprobante a cualquiera al siguiente correo, y posteriormente puede pasar por el recibo de pago a la caja. (snadia35@hotmail.com), o en su efecto entregar la operación financiera realizada.
6.- Transcurridos los 15 días de actividades escolares, no se devolverá el dinero ni útiles escolares (inscripción, mensualidad y útiles escolares, aportes anuales).
7.- El representante debe notificar con anticipación si desea retirar el alumno del colegio para así realizar de manera formal el proceso de retiro del alumno.
8.- El plantel labora con calendario escolar emanado por el ministerio de educación de la república bolivariana de Venezuela.
9.- Concretar con anticipación si desea una reunión o entrevista con la maestra y la dirección del plantel.

Art. 31. Del Traje Escolar de los Alumnos y alumnas:

1.- Es deber de los padres velar por el estricto cumplimiento del uniforme de su representado en educación inicial: el uniforme del plantel es chemise blanca con el logo, mono deportivo azul con el logo, medias blancas, zapatos deportivos blancos para los alumnos de educación inicial.

2.- Es deber de los padres velar por el estricto cumplimiento del uniforme de su representado en educación básica: el uniforme del plantel es chemise blanca con logo del plantel, para las niñas falda pantalón azul marino, para los varones chemises blanca con logo y pantalón azul marino colegial, en cuanto a zapatos el color es el negro con medias blancas colegiales.


3.- Es un deber de los padres que su representado de educación básica cumpla para los días de educación física y deporte con el uniforme deportivo: franela blanca con logo del plantel , mono deportivo azul marino, medias blancas a nivel de tobillo y zapatos deportivos blancos.

Art.-32 –FIESTAS Y CUMPLEAÑOS

1.- Los cumpleaños serán celebrados los días viernes del mes en celebración. para la celebración del mismo será con torta y jugos naturales. no se aceptan en el evento ningún tipo de chucherías, colorantes ni alimentos con aditivos químicos y conservantes artificiales.

2.- El representante debe avisar con anticipación a la dirección del plantel para así reservar la fecha del cumpleaños .el representante deberá traer: vasos, platos y cucharillas desechables, servilletas, mantel para mesa rectangular y una bolsa negra para la basura. No se admitirá la presencia de piñatas en el plantel


Art. 33. De las Normas generales de Convivencia

Todas las personas que integran el Centro Educativo están obligados a:

a) Cumplir cabalmente con sus deberes y responsabilidades.
b) Ejercer apropiadamente sus derechos y deberes.
c) Mantener relaciones personales que se caractericen por la honestidad, la solidaridad, el respeto recíproco, la tolerancia, la cooperación y la amabilidad. Nunca tratar a otras personas en público o privado en forma humillante, ofensiva o contraria a su dignidad como persona humana.
d) Respetar las normas de moral y buenas costumbre. Abstenerse de fumar o tomar bebidas alcohólicas en el Centro educativo.
e) Usar apropiadamente el local, mobiliario y materiales de la institución y colaborar en la limpieza, y mantenimiento del mismo.
f) Ser puntual
g) Respetar y cumplir el presente reglamento y el ordenamiento jurídico.
h) Eliminar las actitudes de soberbia y burla para con sus compañeros (as)
i) Abstenerse de trae al Centro educativo impresos que inciten al odio, el temor y la agresividad y que atenten contra los valores, la moral y las buenas costumbre.
j) En todo momento ser respetuoso y amable con las demás personas.
k) Abstenerse de entorpecer, dificultar o interferir injustificadamente el normal desarrollo de las actividades escolares.
l) Hacer la convivencia cada vez más agradable, respetando siempre el que está al lado.

Art. 34. COORDINACION GENERAL

Se establece en el Centro Educativo el Coordinador General, quien tiene como finalidad garantizar el funcionamiento de la Institución en ausencia del Director. En tal sentido se establecen las siguientes funciones:

1. Recibir a los alumnos y alumnas, padres, madres, representantes o responsables al momento de iniciar la jornada diaria.
2. Cumplir actividades complementarias al inicio y al final de jornada diaria.
3. Atender las visitas que se presenten en el Centro Educativo
4. Llegar 10 minutos antes de la hora de entrada, al igual que el personal docente y administrativo.
5. Realizar la formación para los honores de los símbolos Patrios y demás actos con el apoyo del resto del personal.
6. Llevar en un cuaderno el registro de las actividades diarias.
En ausencia del Personal Directivo, tratar de resolver cualquier eventualidad que ocurra durante su guardia.


Art. 35. -De la asistencia del personal Directivo, Docente, Administrativo y Obrero.

Todas las personas que integran el personal Directivo, Docente, Administrativo y Obrero deben asistir regular y puntualmente a sus actividades laborales, según la jornada presentada al Ministerio de Trabajo.
Comenzada la jornada diaria todo el personal que integra el Centro Educativo que llegare retardado, deberá presentarse ante el Director o en su defecto al Docente de guardia, a los fines de justificar su retardo.

Art. 36. -Del Traje Escolar
El traje escolar del personal de la Institución será pantalón azul marino y franela o camisa con identificación.

CAPÌTULO V. Disciplina de los alumnos y las alumnas

Art. 37. Objetivos
La disciplina es una acción pedagógica que tiene como finalidad fomentar en los alumnos y alumnas de la Unidad Educativa “SAN FRANCISCO DE SALES”, los valores y hábitos, orientados hacia su formación integral y a fomentar su respeto por los derechos de las demás personas; así como el cumplimiento de sus deberes.

Art. 38. Principios.

La disciplina de los alumnos y alumnas se regirá de acuerdo a las siguientes reglas:
a) Las sanciones tienen una finalidad eminentemente educativa y estarán dirigidas hacia los padres, madres, representantes o responsables. Los valores y hábitos deben ser inculcados por el docente, a través de las actividades lúdicas realizadas con los alumnos y alumnas.
b) Se prohíben las sanciones corporales o físicas, las que impliquen maltrato de cualquier tipo y las colectivas. Todos los alumnos y alumnas que hayan incurrido en el incumplimiento de la disciplina escolar, serán debidamente orientados.
c) Los padres, madres, representantes o responsables que hayan incumplido con la participación activa en el proceso educativo de sus hijos se les aplicará la sanción correspondiente o proporcional a la falta cometida.

Art. 39. Tipos de sanciones.

a) Amonestación verbal. La recriminación personal individualizada, de forma pedagógica, racional y privada de un acto de omisión del padre, madre, representante o responsable.
b) Amonestación escrita y acta compromiso del padre, madre, representante o responsable: La recriminación personal individualizada, de forma pedagógica, racional y privada de un acto u omisión de los padres, madres, representantes o responsables, contenida en un escrito y que incluye su compromiso formal de abstenerse de incurrir nuevamente en ese acto u omisión.
c) Denuncia ante las autoridades del sistema de protección.

Art. 40. Procedimiento para aplicar las sanciones a Padres, Madres, representantes o responsables:

a) Entrevista verbal realizada por los docentes; de la cual se deja constancia por escrito.
b) Entrevista escrita, realizada por el Personal Directivo.
c) Denuncia ante las autoridades del sistema de protección.

Art. 41. Procedimiento para aplicar las sanciones a personal docente, administrativo y obrero.

La disciplina de las personas que integran el personal docente, administrativo y obrero de la Unidad Educativa “SAN FRANCISCO DE SALES" se regula por el ordenamiento jurídico y normativa aplicable que le corresponda, según el caso.

CAPITULO VI .Organización y funcionamiento de la Institución Educativa de la Dirección

Art. 42. Definición y Objetivos
El Director, Directora o sub- Directora velarán porque las actividades de la institución están orientadas a lograr los objetivos del Estado Venezolano.

Art. 43. Funciones y Atribuciones

a) Tener puntualidad en la llegada a la institución
b) Ejercer las funciones de gobierno, orientación, acompañamiento, seguimiento, asesoramiento, supervisión y evaluación pedagógica y administrativa.
c) Tomar todas las medidas que conduzcan al cumplimiento de las normas emanadas de la superioridad.
d) Coordinar la acción del plantel con las instituciones oficiales y privadas
e) Dirigir, orientar y supervisar la totalidad del personal de la institución.. Actuar de inmediato para resolver los problemas que afectan a la institución
f) Informar al supervisor del Distrito o Director de Educación del Estado los problemas que excedan el ámbito de competencia de la dirección del plantel.
g) Promover el mejoramiento y progreso del instituto en los aspectos administrativos y técnico – docente.
h) Exigir la disciplina, promover la armonía y consolidar el principio de autoridad en la institución, al aula y la comunidad.
j) Representar oficialmente a la institución y firmar toda la correspondencia y documentación oficial de la misma.
k) Presentar en el mes de septiembre a la comunidad educativa el Proyecto Educativo Institucional Comunitario y la Programación de las actividades a realizar en el año escolar.

Art. 44. Deberes y Atribuciones

a) Ejercer el gobierno del establecimiento
b) Ejercer la dirección pedagógica y supervisar el desarrollo de la enseñanza en cada sección.
c) Presidir los actos del plantel y representarlo en aquellos de carácter público.
d) Asistir diariamente al plantel.
e) Convocar y presidir el Consejo de Docente.
f) Velar por el estricto cumplimiento de los deberes del personal del establecimiento.

Art. 45. Del Consejo Docente

Definición y Objetivos. Integrantes.
El Consejo de Docentes es el órgano colegiado de la Unidad Educativa “SAN FRANCISCO DE SALES”, encargado de elaborar el Plan Anual, el proyecto educativo Integral Comunitario y estará integrado, tanto por el equipo Directivo como por la totalidad del Personal Docente.

Art. 46. Funciones y Atribuciones

a) Planificar las actividades pedagógicas, recreativas y culturales de la institución educativa.
b) Designar en su seno y por votación directa los Representantes del Consejo Consultivo y la asociación Civil.

Art. 47. Normas de funcionamiento.
Las normas de funcionamiento, así como la organización y atribuciones del Consejo de Docentes, estarán establecidas en las Normas de Convivencia elaboradas por sus integrantes y se adecuarán a las directrices emanadas del Ministerio del Poder Popular para la educación.
En tal sentido, se especifican a continuación:

a) Reunirse mensualmente, así como en la oportunidad que las circunstancias lo requieran.
b) Será convocado por la Directora, quien elaborará la orden del día de cada reunión.
c) Asistencia obligatoria de la mayoría absoluta de sus miembros
d) Levantar actas en las cuales se hará una explicación sucinta de las propuestas y conclusiones.
e) No interrumpir y pedir el derecho de palabra.
f) Evitar el uso de distracciones durante la reunión
g) Tratar sólo asuntos relacionados con la agenda del día.
h) Incorporarse a la hora establecida.
i) No retirarse sin haber concluido la reunión
j) Dar la debida importancia a los Consejos Docentes.
k) No se concederá licencias en las fechas previstas para los Consejos Docentes

Art. 48. De la Comunidad Educativa
Definición.
La Comunidad Educativa es aquella Institución democrática, solidaria y participativa, cuyo propósito fundamental es velar por la consecución de los objetivos del Proyecto Educativo.

Art. 49. Integrantes
Esta conformado por la Asociación Civil, el Consejo Consultivo, los Docentes,. Además podrán ser integrantes todas aquellas personas relacionadas con el desarrollo de la Comunidad en general.

Art. 50. Funciones y Atribuciones.
Son funciones y atribuciones de la Comunidad Educativo:

a) Velar por el fortalecimiento de los valores, tales como fraternidad, solidaridad, respeto y cooperación en los alumnos y alumnas, con el propósito de favorecer una excelente integración con su ámbito familiar y social.
b) Cooperar participativa y solidariamente en la consecución de los objetivos generales del proceso educativo.
c) Propiciar la participación de todos aquellos organismos de la localidad que procuren el desarrollo, prosperidad y progreso de la institución.
d) Promover actividades que contribuyan al desarrollo y consolidación del proceso educativo con al integración de padres, madres, representantes, responsables y docente.

Art. 51. Normas y Funcionamiento
Las normas de funcionamiento se establecerán por Reglamento Interno elaborados por sus integrantes, en consecuencia con la normativa legal vigente.

Art. 52. Sociedad de Padres, Madres, representantes y responsables
Es el órgano de la comunidad Educativa que agrupa a los padres, madres, representantes y responsables de la institución educativa. Está conformada por una Junta Directiva.

Art. 53. Junta Directiva
Está integrada por un (1) Presidente(a), un (1) Tesorero (a), un (1) Secretario (a), dos (2) Vocales con sus suplentes y dos (2) Docentes. Serán electos en la Asamblea General pudiendo ser revocados mediante referendo por la mayoría absoluta, a solicitud del diez por ciento, (10 %), de los integrantes de la misma

CAPITULO VII. Disposiciones finales

Art. 54. Situaciones y asuntos no previstos
Todas las situaciones y asuntos no previstos en las presente Normas de Convivencia serán resueltos por la autoridad a quien corresponda. Según su naturaleza y circunstancias, de conformidad con lo establecido en el ordenamiento jurídico y atendiendo siempre el interés superior del alumno y/o alumna.

Art. 55. Reforma de las Normas de Convivencia
Las presentes Normas de Convivencia serán revisadas cada año escolar y su hubiera cambio en la normativa que rige el Sistema Educativo Venezolano y demás instrumentos aplicables al alumno y alumna, y serán incorporadas y sometidas a discusión para su aprobación y remitidas al escolar.

Art. 56. Aprobación y Vigencia
Las presentes Normas de Convivencia entran en vigencia a partir de su aprobación por todos los miembros de la Comunidad Educativa, remitiendo un ejemplar de dichas normas del plantel al Municipio Escolar No. 6.-

 


 

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